La publicación de la Ley 28/2014 de 27 de Noviembre por la que se modifican a partir del 1 de Enero de 2015, entre otras, la Ley 38/1992 de 28 de Octubre del 2013 de Impuestos Especiales, recoge en su Artículo 98, una reducción de la base imponible del 85% del impuesto eléctrico de la energía que se destina a usos ya existentes e incorpora otros nuevos:
– Riegos Agrícolas
– Actividades Industriales cuya electricidad consumida represente más del 50% del coste de producción.
Entendiendo coste de producción, como la suma de materias primas, mano de obra, etc..
– Actividades Industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5% del valor de la producción.
Entendiendo como valor de producción, la cifra de negocio anual.
Desde nuestra INGENIERIA, le ofrecemos nuestros servicios para gestionarle la DOCUMENTACIÓN necesaria y tramitarle esta reducción del Impuesto Eléctrico.
Puede consultar la Ley 28/2014 de 27 de Noviembre en el siguiente ARCHIVO:
MODIFICACIÓN IMPUESTO ELÉCTRICO